1. Congreso Nacional Ordinario
Se realiza una vez al año, preferentemente entre julio y agosto, y es convocado por el Directorio Nacional con mínimo 30 días de anticipación. Entre sus atribuciones destacan:
2. Congreso Nacional Extraordinario
Se convoca por iniciativa del Directorio o a solicitud escrita de al menos 2/3 de los Colegios Departamentales activos, exclusivamente para tratar los puntos incluidos en el orden del día.
Sus atribuciones incluyen:
Composición y representación
El Congreso está integrado por:
- El Directorio Nacional del CONEB, y
- Los representantes de los 9 Colegios Departamentales.
Cada departamento designa:
Para que una delegación departamental pueda participar, su Colegio debe:
Quórum y toma de decisiones
Todas las deliberaciones se rigen por el Reglamento de Debates, garantizando el respeto, la brevedad y la pertinencia en las intervenciones.
Conducción del Congreso
El Congreso es presidido por el Presidente del Directorio Nacional. En su ausencia, lo sustituye el Vicepresidente. Si ninguno puede asistir por fuerza mayor, el evento se reprograma.
Las resoluciones se plasman en actas firmadas por el Presidente, el Secretario y un delegado designado, y se difunden a todos los Colegios Departamentales en un plazo máximo de 15 días.
Tu participación es obligatoria y fundamental para la gobernanza del gremio.
El Congreso es un espacio técnico y abierto al diálogo con actores clave del desarrollo económico nacional.
PRÓXIMO CONGRESO NACIONAL
El Congreso es presidido por el Presidente del Directorio Nacional. En su ausencia, lo sustituye el Vicepresidente. Si ninguno puede asistir por fuerza mayor, el evento se reprograma.
Las resoluciones se plasman en actas firmadas por el Presidente, el Secretario y un delegado designado, y se difunden a todos los Colegios Departamentales en un plazo máximo de 15 días.


